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Seguro Social en línea
Ajuste automático de costo de vida
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Preguntas frecuentes sobre el ajuste de costo de vida

 

P. ¿Qué es un ajuste de costo de vida (COLA, sus siglas en inglés)?

R. Un COLA es un ajuste automático a los beneficios que ocurre anualmente. El propósito de un COLA es asegurar que el poder adquisitivo de los beneficios de Seguro Social y Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) no sea reducido debido a la inflación. Este cambio se basa en el porcentaje del aumento del Índice de Precios del Consumidor para Trabajadores de Salario Urbano y Personal Administrativo (CPI-W, por sus siglas en inglés) de la Oficina de Estadísticas de Trabajo, desde el tercer trimestre de un año anterior hasta el período correspondiente del próximo año. Si no hay un aumento, no habrá un COLA.

P. ¿Quién determina el CPI-W?

R. El CPI-W se determina por la Oficina de Estadísticas de Trabajo del Departamento de Trabajo y es la medida oficial que el gobierno federal usa para calcular los aumentos de costo de vida.

P. ¿Por qué no habrá un COLA para el 2010?

R. Por ley, los beneficios de Seguro Social y de SSI aumentan automáticamente cada año si hay un aumento en el Índice de Precios del Consumidor para Trabajadores de Salario Urbano y Personal Administrativo (CPI-W, por sus siglas en inglés) de la Oficina de Estadísticas de Trabajo desde el tercer trimestre del año anterior hasta el período correspondiente del año en curso. Este año no hubo ningún aumento en el CPI-W desde el tercer trimestre del 2008 hasta el tercer trimestre del 2009.

P. ¿Si no hay un COLA, permanecerán mis beneficios iguales?

R. Si no hay un COLA, sus beneficios de Seguro Social y SSI permanecerán iguales.

P. ¿Cambiará la cantidad máxima de ganancias tributables para el 2010?

R. No. Debido a que no habrá un COLA, la ley de Seguro Social nos prohíbe un aumento en la contribución y base de beneficios, (la ganancia máxima sujeta a impuestos de Seguro Social), la cual normalmente aumenta con el aumento nacional del índice promedio de ganancias. La cantidad máxima de ganancias sujeta a impuestos de Seguro Social (máxima tributable) permanecerá igual, $106,800.

P. ¿Cambiarán las cantidades máximas exentas del límite anual de ganancias en el 2010?

R. No. Debido a que no habrá un COLA, la ley del Seguro Social nos prohíbe un aumento en la cantidad exenta del límite anual de ganancias. El límite de ganancias para un trabajador menor de la «plena edad» de jubilación (66 años de edad para las personas que nacieron entre el 1943 y 1954) permanecerá igual, $14,160. (Se retendrá un dólar de beneficios por cada $2 de ganancias por encima del límite de $14,160.) El límite anual de ganancias para personas que cumplan los 66 años de edad en el 2010 seguirá siendo $37,680. (Se retendrá un dólar de beneficios por cada $3 de ganancias por encima del límite de $37,680 hasta que el trabajador cumpla los 66 años de edad.) No hay límite de ganancias para trabajadores que tengan la plena edad de jubilación por el año completo.

Q. Si las primas de Medicare aumentan en el 2010, ¿será reducido mi beneficio de Seguro Social?

R. La ley incluye una provisión que protege a aproximadamente a un 93 por ciento de los beneficiarios actuales de pagar una prima más alta por la Parte B de Medicare para evitar reducir sus  beneficios netos. Aquellos que no están protegidos incluyen a los beneficiarios sujetos a ajustes de cantidades mensuales relacionadas al ingreso, y los beneficiarios nuevos que obtendrán el derecho a la Parte B el próximo año.

Si un beneficiario sujeto al IRMAA en el año actual no será sujeto al IRMAA el próximo año, le podría aplicar la provisión «de protección».

No hay tal provisión para las Partes C y D de Medicare, lo que significa que los beneficiarios deben pagar primas más altas.

P. ¿Por cuánto tiempo el Seguro Social ha tenido COLAs?

R. El Congreso promulgó la provisión de COLA como parte de las enmiendas del Seguro Social del 1972, y las COLAs automáticas comenzaron en 1975. Antes de eso, los beneficios aumentaban solamente cuando el Congreso promulgaba una legislación especial.

 
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