*Servicios e información solo disponibles en inglés
Si está divorciado pero su matrimonio duró 10 años o más puede recibir beneficios basados en el registro de su ex cónyuge (aun si éste se volvió a casar) si:
- Usted es soltero;
- Tiene 62 años de edad o mayor;
- Su ex cónyuge tiene derecho a beneficios de Seguro Social por jubilación o por incapacidad; y
- El beneficio al cual tenga derecho basado en su propio trabajo sea menor que el beneficio basado en el trabajo de su ex cónyuge.
Nota aclaratoria: Su beneficio como cónyuge divorciado es igual a la mitad de la cantidad de beneficio completo por jubilación de su ex cónyuge (o beneficio por incapacidad) si comienza a recibir beneficios a su plena edad de jubilación.
Por lo general, si usted se vuelve a casar no puede recibir beneficios basados en el registro de su previo cónyuge a menos que termine su matrimonio actual, ya sea por muerte, divorcio o anulación.
Si su ex cónyuge no ha solicitado beneficios por jubilación pero tiene derecho a recibirlos, usted puede recibir beneficios basados en el registro de él o ella si llevan al menos dos años divorciados.
Si usted tiene derecho a recibir beneficios por jubilación basados en su propio registro, pagaremos primero esa cantidad. Pero si:
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la cantidad del beneficio basada en el registro de él o ella es mayor, usted recibirá una combinación de beneficios que iguale a la cantidad mayor (según sea reducida por la edad).
Nota aclaratoria: Los beneficios no incluyen créditos por jubilación aplazada que su ex cónyuge pueda recibir.
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usted cumplió la plena edad de jubilación y tiene derecho a recibir beneficios como cónyuge además de sus propios beneficios por jubilación, puede elegir cuáles beneficios solicitar.
Puede elegir recibir solo beneficios como cónyuge divorciado ahora y posponer sus beneficios por jubilación. Si pospone los beneficios por jubilación, puede recibir un beneficio mayor más tarde debido al efecto de los créditos por jubilación aplazada.
Si usted:
- continúa trabajando mientras recibe beneficios, el límite de ganancias de trabajo para beneficios por jubilación seguirá aplicando. Si tiene derecho a recibir beneficios este año y aún trabaja puede usar la Calculadora del límite de ganancias* para ver cómo esas ganancias afectarían sus beneficios.
- también recibirá una pensión basada en un trabajo que no está cubierto por el Seguro Social, sea en el gobierno o en el extranjero, sus beneficios de Seguro Social basados en el registro de su ex cónyuge podrían ser afectados.
Nota aclaratoria: La cantidad de beneficios que recibe no tiene efecto en la cantidad de beneficios que su ex cónyuge o cónyuge actual puede recibir.
Si necesita más información sobre beneficios que su ex cónyuge pueda recibir basados en su registro, lea Beneficios para su cónyuge divorciado.
Nota aclaratoria: Si su ex cónyuge falleció y desea obtener más información sobre posibles beneficios para sobrevivientes, lea «Si usted es el cónyuge divorciado sobreviviente de un trabajador».