Planificación para sus sobrevivientes
A medida que planifique para el futuro, querrá pensar en lo que necesitará su familia en caso de que usted fallezca. El Seguro Social puede ayudar a su familia si usted tiene suficientes créditos de Seguro Social acumulados a través de su trabajo.
Puede acumular hasta cuatro créditos por año. En 2023, por ejemplo, acumula 1 crédito por cada $1,640 de salario o ingresos de trabajo por cuenta propia. Cuando haya ganado $6,560, habrá acumulado los 4 créditos anuales.
El número de créditos necesarios para brindarle beneficios a sus sobrevivientes depende de su edad al momento de fallecer. Nadie necesita más de 40 créditos (10 años de trabajo) para tener derecho a recibir beneficios de Seguro Social. Sin embargo, mientras más joven sea la persona, menos créditos necesitará para que los miembros de su familia reciban beneficios como sobreviviente.
Algunos beneficiarios pueden recibir beneficios si usted tiene créditos por 1 ½ de trabajo (6 créditos) dentro de un periodo de 3 años justo antes de a su fallecimiento.
Beneficios para su cónyuge sobreviviente
Hay 4 millones de cónyuges sobrevivientes que reciben beneficios mensuales de Seguro Social bajo el registro de ganancias del cónyuge fallecido. Para muchos de esos sobrevivientes, esos beneficios ayudan a satisfacer sus necesidades básicas.
Su cónyuge sobreviviente puede recibir:
- Beneficios reducidos a los 60 años.
- Beneficios tan temprano como a los 50 años si tiene una incapacidad Y la incapacidad comenzó antes o dentro de siete años luego de su fallecimiento.
- Beneficios a cualquier edad, si no se ha vuelto a casar, y si cuida a su hijo menor de 16 años o con una incapacidad y recibe beneficios bajo su registro.
Si está solicitando para beneficios por incapacidad bajo el registro del trabajador fallecido, puede acelerar el proceso de solicitud viendo y recopilando los artículos mencionados en la Lista de cotejo para adultos para la solicitud por internet de los beneficios por incapacidad.
Usamos la misma definición de incapacidad tanto para cónyuge sobrevivientes como para trabajadores.
Beneficios para su cónyuge divorciado sobreviviente
Si tiene un cónyuge divorciado sobreviviente, podría tener derecho a recibir los mismos beneficios que un cónyuge sobreviviente siempre y cuando el matrimonio entre ustedes haya durado más de 10 años.
El beneficio pagado a un cónyuge divorciado sobreviviente no afectará la cantidad de beneficios que sus otros sobrevivientes recibirán basado en su registro de ganancias.
Si su excónyuge está cuidando a su hijo menor de 16 años o con una incapacidad quién recibe beneficios bajo su registro, no tendrá que cumplir con la regla de diez años de matrimonio. El niño debe ser hijo biológico o legalmente adoptado.
Beneficios para sus hijos
Sus hijos solteros menores de 18 años (o de 19 si asisten a tiempo completo a la escuela primaria o secundaria) pueden tener derecho a recibir beneficios de Seguro Social cuando usted fallezca.
Además, un hijo puede obtener beneficios a cualquier edad si la incapacidad comenzó antes de los 22 años y la incapacidad continúa.
Al igual que sus hijos biológicos, sus hijastros, nietos o hijos adoptivos pueden recibir beneficios bajo ciertas circunstancias. Para informarse mejor, lea nuestra publicación Beneficios para hijos.
Beneficios para sus padres
Ya debe proporcionar al menos la mitad de manutención a su padre. Su padre no debe tener derecho a recibir un beneficio por jubilación que sea más alto que el beneficio que podríamos pagar en su registro. Su padre tampoco debe casarse después de su fallecimiento. Sin embargo, existen algunas excepciones.
Además de su padre biológico, su padrastro o padre adoptivo puede recibir beneficios si fueron sus padres antes de que tuviera 16 años.
Cuánto recibirían sus sobrevivientes
La cantidad de beneficios que su familia recibiría depende de sus ganancias de trabajo vitalicias promedio. Mientras más altas hayan sido sus ganancias, más altos serían los beneficios de su familia.
Estos son algunos ejemplos de los beneficios que los sobrevivientes podrían recibir:
- Cónyuge sobreviviente en plena edad de jubilación o mayor — 100% de la cantidad de sus beneficios.
- Cónyuge sobreviviente entre los 60 años y la plena edad de jubilación del 71½ al 99% de los beneficios básicos.
- Cónyuge sobreviviente con una incapacidad entre los 50 y 59 años — 71½%.
- Cónyuge sobreviviente de cualquier edad que tenga a cargo un hijo suyo menor de 16 años — 75%.
- Hijo menor de 18 años (19 años si aún está en la escuela primaria o secundaria), o un hijo con una incapacidad— 75 por ciento.
- Padres dependientes mayores de 62 años:
- un padre sobreviviente — 82½%.
- dos padres sobrevivientes — 75% por cada padre.
Los porcentajes para un cónyuge divorciado sobreviviente serían iguales a los ya mencionados.
También podría existir un beneficio especial de pago global por fallecimiento.
Cantidad máxima de beneficios para su familia
Existe un límite en la cantidad de beneficios que pueden recibir los miembros de su familia mensualmente. Este límite en general varía*, entre el 150% y el 180% de su beneficio básico.
Si la suma de los beneficios que se anticipa pagar a los miembros de su familia es mayor que el límite, entonces los beneficios se reducirán proporcionalmente. Beneficios pagados a un cónyuge divorciado sobreviviente ya sea por incapacidad o por edad no se cuentan hacia la cantidad máxima.
Vaya a su cuenta personal my Social Security (solo disponible en inglés) para obtener un cálculo de los beneficios que su familia podría recibir si usted falleciera en este momento.
Otras cosas que debe saber
Existen límites en la cantidad de ganancias que los sobrevivientes pueden ganar mientras reciben beneficios.
Beneficios como cónyuge sobreviviente o cónyuge divorciado sobreviviente también pueden ser afectados debido a varios factores adicionales:
Si se vuelven a casar
Si su cónyuge sobreviviente o cónyuge divorciado sobreviviente se vuelve a casar antes de cumplir los 60 años (o los 50 años si tiene una incapacidad), no pueden recibir beneficios como cónyuge sobreviviente mientras el matrimonio actual siga vigente.
Si su cónyuge sobreviviente o cónyuge divorciado sobreviviente se vuelve a casar después de los 60 años (o los 50 años si tiene una incapacidad), seguirá teniendo derecho a recibir beneficios bajo su registro de Seguro Social.
Sin embargo, si el cónyuge actual es un beneficiario del Seguro Social, es posible que desee solicitar beneficios como cónyuge bajo el registro de ganancias de éste. Si esa cantidad fuese más alta que los beneficios como cónyuge sobreviviente bajo su registro, recibirá una combinación de beneficios que iguala a la cantidad más alta.
Si su cónyuge sobreviviente tiene derecho a recibir beneficios por jubilación bajo su propio registro
Si su cónyuge sobreviviente o cónyuge divorciado sobreviviente recibe beneficios bajo su registro, puede cambiar para comenzar a recibir su propio beneficio por jubilación tan pronto como a los 62 años. Esto suponiendo que el cónyuge sobreviviente o cónyuge divorciado sobreviviente tiene derecho a recibir beneficios por jubilación y que dichos beneficios son más altos que los beneficios que recibiría como cónyuge sobreviviente o cónyuge divorciado sobreviviente.
En muchos casos el cónyuge sobreviviente puede estar recibiendo un beneficio con reducciones y luego en el futuro, cambiar al otro beneficio sin reducciones.
Si reciben una pensión basada en empleo donde nos pagó impuestos
Si su cónyuge sobreviviente o cónyuge divorciado sobreviviente también recibe una pensión basada en empleo donde no se pagaron impuestos de Seguro Social, tal como un empleo en el gobierno o trabajo en el extranjero, sus beneficios de Seguro Social como sobreviviente podrían verse afectados.